La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que a partir de julio se producirá un aumento del 41,5% en los niveles de facturación del monotributo. Esta medida representa un alivio fiscal para los 4.781.614 contribuyentes de todo el país y coincide con el inicio de un nuevo período de recategorización.

Estas acciones implementadas por el Ministerio de Economía no implicarán cambios en la cuota mensual que deben abonar los monotributistas y, además, se les otorgará la posibilidad de acceder a créditos con una tasa fija del 43% destinados al capital de trabajo.

El incremento en las escalas tiene lugar en julio, ya que es el mes en el que los monotributistas deben realizar la recategorización, la cual se lleva a cabo cada seis meses.

Esta medida busca beneficiar a los monotributistas, permitiéndoles recuperar poder adquisitivo y mejorar sus ingresos netos, lo que se traduce en un aumento del consumo y la actividad económica. El objetivo principal de estas acciones es incentivar el consumo en un sector clave de la población.

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Nuevas escalas del monotributo a partir de julio de 2023

A continuación, se detallan las nuevas escalas del monotributo correspondientes a cada categoría:

  • Categoría A: de $999.657,23 a $1.414.762,58.
  • Categoría B: de $1.485.976,96 a $2.103.025,45.
  • Categoría C: de $2.080.367,73 a $2.944.235,60.
  • Categoría D: de $2.583.720,42 a $3.656.604,33.
  • Categoría E: de $3.042.435,05 a $4.305.799,15.
  • Categoría F: de $3.803.043,82 a $5.382.248,94.
  • Categoría G: de $4.563.652,57 a $6.458.698,71.
  • Categoría H: de $5.650.236,51 a $7.996.484,11.
  • Categoría I: de $6.323.918,55 a $8.949.911,06.
  • Categoría J: de $7.247.514,92 a $10.257.028,68.
  • Categoría K: de $8.040.721,19 a $11.379.612,01.

Actualmente, hay 2.894.352 monotributistas en la categoría A; 642.137 en la categoría B; 359.565 en la categoría C; 350.964 en la categoría D; 180.989 en la categoría E; 185.074 en la categoría F; 107.562 en la categoría G; 49.608 en la categoría H; 7.471 en la categoría I; 2.575 en la categoría J; y 1.317 en la categoría K.

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Recategorización en el Monotributo: ¿Cuándo y cómo realizarla?

La recategorización en el Monotributo se debe realizar teniendo en cuenta la actividad de los últimos 12 meses en relación a la facturación u otros parámetros utilizados para la clasificación, como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica.

Si alguno de los parámetros analizados supera o es inferior a los valores de la categoría vigente, corresponde efectuar la recategorización. El pago correspondiente a la nueva categoría deberá realizarse el mes siguiente a la recategorización.

Por otro lado, aquellos que se hayan inscrito en el monotributo hace menos de 6 meses no deben realizar la recategorización. Asimismo, aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no necesitarán realizar ninguna acción.

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Procedimiento para la recategorización en AFIP

A continuación, se detalla el procedimiento para realizar la recategorización en los niveles del monotributo:

  1. Ingresar al sitio web del Monotributo.
  2. Indicar CUIT y clave fiscal, y presionar “Aceptar”.
  3. Seleccionar la opción “Recategorizarme”.
  4. Continuar con el proceso de recategorización.
  5. Informar los nuevos parámetros correspondientes.
  6. Seleccionar la opción “Imprimir credencial”.
  7. El sistema emitirá el Formulario 184, que servirá como comprobante de la recategorización realizada, y la nueva Credencial de Pago.

Estas medidas buscan brindar un alivio fiscal a los monotributistas y favorecer su estabilidad económica en un contexto desafiante.

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