La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) continúa efectuando el calendario de pagos de julio. En este marco, uno de los beneficios que incluye es la Prestación por Desempleo, que se trata de un pago para trabajadores en relación de dependencia comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013, que hayan sido despedidos sin causa justificada, por finalización de contrato o por causas externas al trabajador.

El monto va desde los $24.440 a $40.733. Los valores se calculan según los ingresos y los meses trabajados, con aportes durante los últimos 3 años. Los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.

Prestación por Desempleo ANSES: ¿quiénes pueden solicitarlo?

Pueden solicitarlo quienes trabajaban en relación de dependencia y fueron despedidos sin causa justa o hayan cesado su vínculo laboral por causas ajenas a su voluntad, entre las que se pueden hallar:

  • Finalización del contrato.
  • Quiebra del empleador.
  • Muerte, jubilación o invalidez del empleador.
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Prestación por Desempleo ANSES: cuáles son los requisitos

  • Trabajadores permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos tres años anteriores al despido o finalización del contrato.
  • Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos tres años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.

¿Cómo inscribirse?

  • Reunir toda la documentación necesaria, tanto personal como familiar. Si hubo intercambio de telegramas con el empleador, se deberá presentar también los telegramas, la constancia de la Secretaría de Gobierno de Trabajo.
  • Ingresar a Mi Anses con el CUIL y la Clave de la Seguridad Social y subir la documentación.
  • Pedir turno en cualquiera de las oficinas de ANSES.
  • Presentar la documentación requerida en la oficina consignada en el turno solicitado.
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Desempleo ANSES ¿Cuál es la documentación que debo reunir?

  • Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
  • Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato. laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
  • Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
  • DNI original y copia.
  • No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
  • Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
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Cabe aclarar que el trámite es presencial y tenés hasta 90 días hábiles para pedirla, desde la fecha en que se produjo la ruptura de la relación laboral. Después de dicho plazo, te descontarán un día de prestación.

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