El Gobierno de Jujuy reglamentó oficialmente la emergencia energética y tarifaria en toda la provincia mediante un decreto que tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027. La medida incorpora nuevos beneficios para los usuarios de los servicios de energía eléctrica y agua potable, con el objetivo de garantizar el acceso y la continuidad de estas prestaciones esenciales.

El decreto, firmado por el gobernador Carlos Sadir, otorga facultades a la Secretaría de Energía y a la SUSEPU para aplicar las medidas necesarias que permitan asegurar la estabilidad del servicio y proteger a los consumidores frente al contexto económico actual.

Se amplía la protección frente a los cortes de luz

Una de las principales modificaciones beneficia a los usuarios residenciales encuadrados en la categoría T1, correspondiente a suministros de hasta 5 kW de potencia contratada.

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Con la nueva reglamentación, el servicio de energía eléctrica no podrá suspenderse por falta de pago hasta que hayan transcurrido 20 días corridos desde el vencimiento de la segunda factura consecutiva impaga, extendiendo el plazo de protección vigente hasta ahora.

Además, el retiro del medidor solo podrá concretarse una vez cumplidos 60 días desde la interrupción del suministro, otorgando un período adicional para regularizar la deuda.

No podrán aplicarse intereses punitorios

Entre las disposiciones incorporadas durante la emergencia energética en Jujuy, se establece que las empresas prestadoras no podrán cobrar intereses punitorios por mora en las facturas de electricidad mientras permanezca vigente la medida.

En el servicio de agua potable, esta prohibición alcanzará a los usuarios con consumos mensuales de hasta 30 metros cúbicos y también a quienes se abastecen mediante grifos comunitarios.

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Continúan la Tarifa Social y el subsidio para la Puna

El Gobierno provincial confirmó la continuidad de los programas de asistencia que ya se encontraban vigentes para distintos sectores de la población.

Seguirá aplicándose el subsidio del 50% previsto por la Ley de la Puna, mientras que la Tarifa Social de energía eléctrica mantendrá la bonificación del 100% del cargo fijo y del 25% del cargo por uso de red para quienes cumplan las condiciones establecidas.

Asimismo, la Secretaría de Energía y la SUSEPU llevarán adelante campañas de difusión y reempadronamiento para facilitar que más usuarios puedan acceder a estos beneficios.

Refinanciación conjunta de las deudas

Como parte de las medidas extraordinarias, el decreto habilita que las deudas por el servicio de agua potable puedan incluirse en los convenios de refinanciación que los usuarios celebren con la empresa distribuidora de energía eléctrica.

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De esta manera, quienes mantengan obligaciones pendientes podrán regularizar ambos servicios mediante un mismo plan de pagos, simplificando el proceso de cancelación.

La SUSEPU reforzará los controles

Finalmente, el Ejecutivo provincial instruyó a la SUSEPU para intensificar las tareas de supervisión, regulación y fiscalización sobre las empresas prestadoras.

El objetivo es verificar el cumplimiento efectivo de todas las disposiciones establecidas por el decreto y asegurar que los usuarios accedan a los beneficios contemplados durante la vigencia de la emergencia.

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