La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) comenzó a implementar el Domicilio Electrónico de la Seguridad Social, una herramienta digital destinada a que los usuarios reciban notificaciones, avisos y comunicaciones relacionadas con sus trámites y prestaciones. La medida fue oficializada mediante la Resolución 262/2026, publicada en el Boletín Oficial.
La incorporación al sistema será voluntaria para las personas comprendidas por la normativa y estará habilitada para mayores de 16 años que reciban alguna prestación de ANSES. El domicilio electrónico tendrá, a nivel administrativo, los mismos efectos legales que un domicilio constituido de manera convencional.
La iniciativa forma parte de las modificaciones introducidas al procedimiento administrativo por la Ley Bases y su reglamentación, que buscan profundizar la digitalización de las gestiones estatales y agilizar los trámites realizados ante los organismos públicos.
En los fundamentos de la resolución, ANSES destacó que dispone de los recursos tecnológicos necesarios para ampliar el uso de herramientas digitales destinadas a gestionar y solicitar prestaciones de manera virtual.
Cómo funcionará el nuevo domicilio digital de ANSES
Quienes quieran adherirse deberán ingresar a Mi ANSES mediante la Clave de la Seguridad Social, ya sea desde la página web o desde la aplicación móvil, y acceder al apartado “Domicilio y Datos de Contacto”. Allí tendrán que completar dos acciones:
- Aceptar los términos y condiciones correspondientes al servicio.
- Registrar y validar una dirección de correo electrónico personal.
Una vez completados estos pasos, el domicilio electrónico quedará formalmente constituido. Desde ese momento, las comunicaciones que ANSES realice mediante este mecanismo tendrán validez legal equivalente a las notificaciones efectuadas en un domicilio físico.
Dónde se podrán ver las notificaciones
Las comunicaciones oficiales estarán disponibles en “Mi Buzón”, una sección incorporada dentro de Mi ANSES. Este espacio funcionará como una bandeja de entrada para recibir información relacionada con trámites, prestaciones y expedientes administrativos gestionados por el organismo.
Cada notificación deberá incluir determinados datos esenciales, como la identificación del acto administrativo, la fecha en que fue emitido, su tipo y número, el área responsable, el funcionario que lo suscribe y el número de expediente. Cuando corresponda, también deberá informar los plazos y los recursos que el interesado puede utilizar para cuestionar la decisión.
El dato clave: cuándo se considera recibida una notificación
La normativa establece que las notificaciones se considerarán formalmente realizadas a las 0 horas del primer día hábil posterior a aquel en que hayan quedado disponibles para su consulta dentro de “Mi Buzón”.
El Domicilio Electrónico de la Seguridad Social podrá utilizarse durante las 24 horas. No obstante, si la plataforma permanece fuera de servicio durante ocho horas consecutivas o más, ANSES deberá informar públicamente la interrupción.
Ante una falla de estas características, las comunicaciones que debían notificarse durante el período de inactividad se considerarán perfeccionadas recién durante el primer día hábil posterior a la recuperación del funcionamiento normal del sistema. El objetivo es evitar que un inconveniente técnico pueda afectar los derechos de los usuarios.
Además, ANSES podrá enviar un aviso complementario al correo electrónico que el usuario haya validado para alertarlo sobre la existencia de una nueva comunicación. Sin embargo, ese correo será considerado únicamente un aviso adicional: que el mensaje no llegue o no sea leído no impedirá que la notificación oficial produzca sus efectos legales.














