El Gobierno nacional, a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), ) un apoyo económico y social integral para mujeres y personas LGBTIQ+ que se encuentran en situación de violencia por motivos de género.

Se trata del Programa Acompañar, impulsado desde el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad, con el fin de darles a este grupo de personas que están atravesando este tipo de situación asistencia y la posibilidad de lograr independencia económica.

El haber de está prestación depende del Salario Mínimo, Vital y Móvil y también se les ofrece un acompañamiento psicosocial para poder reforzar la asistencia.

De este modo, el monto de la asignación es de $32.000 mensuales y en febrero recibirá un aumento del 3% que impactará recién en el cobro del siguiente mes, por lo que a partir de marzo quienes reciban la asistencia recibirán $33.000.

Es requisito para acceder a este programa ser mayor de 18 años y podrán adquirirlo las personas que tengan hasta 65 años de edad.

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El plan además es compatible con otras prestaciones de ANSES como la Asignación Universal por Hijo (AUH), la Asignación por Embarazo (AUE), el ingreso por hijo con discapacidad, monotributo social y trabajadoras de casas particulares, sea cual sea su condición laboral.

Cómo saber si me corresponde cobrar el Programa Acompañar

Con el CUIL, podés chequear si cobrás alguna prestación que entrega el organismo previsional en https://servicioswww.anses.gob.ar/dondecobrov2.

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Requisitos para acceder al Programa Acompañar

– Lo cobrarán mujeres y personas LGBTIQ+ en situación de violencia de género.

– No se precisa presentar denuncia. 

– Quienes lo soliciten deberán tener entre 18 y 65 años. 

¿Qué prestaciones no son compatibles con este plan?

– Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, monotributo y régimen de autónomos (excepto monotributo social).

– Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgada por el Estado nacional.

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– Jubilaciones, Pensiones o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

– Pensión Universal para el Adulto Mayor dispuesta por el Decreto N° 894/2016.

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