El Ministerio de Desarrollo Social es quien se encarga de entregar el monto de la Tarjeta Alimentar para titulares de Anses como la Asignación Universal por Hijo (AUH), AUE y pensiones no contributivas. Además, desde la cartera informaron que se entregará una nueva Tarjeta Alimentaria cumpliendo con algunos requisitos.

El pago de la Tarjeta Alimentar para las prestaciones de Anses se paga a través de un calendario de pago que informa el organismo según terminación de DNI.

A lo que se busca llegar con el nuevo beneficio es garantizar el acceso a la canasta básica de un grupo de personas a través de una tarjeta prepaga física o virtual que sirve para comprar determinados alimentos, artículos de higiene y elementos para primeros auxilios. 

Nuevo Plan Alimentar Comunidad

A través de la resolución 230/2023 publicada en el Boletín Oficial, la ministra de Desarrollo Social reglamentó el plan Alimentar Comunidad.

Quiénes pueden acceder a la Tarjeta Alimentaria

  • Comedores, merenderos y organizaciones sociales.

Características de la nueva Tarjeta Alimentaria

Se entregará una tarjeta prepaga física o virtual, que se limitará en cuanto al uso a los rubros de alimentos, artículos de higiene, equipamiento y elementos para primeros auxilios.

Con la Tarjeta podrán acceder a:

  • Promoción de la oferta de productos, mejora de la trazabilidad del producto y monitoreo del proceso y de los productos adquiridos.
  • Brindar, en forma directa o a través de instituciones públicas o privadas, capacitadas para tal fin, asistencia y capacitación a los comedores y merenderos y organizaciones sociales y comunitarias.
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Tarjeta alimentaria: requisitos para poder acceder

Podrán cobrar la nueva tarjeta alimentaria los comedores, merenderos, organizaciones sociales y comunitarias que estén inscriptos en el Registro Nacional de Comedores y Merenderos (RENACOM).

El programa es incompatible para aquellos que perciban otros subsidios nacionales, por el mismo concepto y por igual fin.

Lista de requisitos para cobrar a la nueva Tarjeta Alimentaria

Para organizaciones de la sociedad civil, comunitarias y sociales:

  1. Constancia de inscripción en AFIP de la organización.
  2. Nota de solicitud de inclusión suscripta por la máxima autoridad de la organización solicitante.
  3. Declaración Jurada en la que manifieste no estar percibiendo otros subsidios nacionales, por el mismo concepto y por igual fin.
  4. Copia de los DNI de las autoridades que por Estatuto representen a la entidad.
  5. Fotocopia autenticada del Acta o del poder de la Comisión Directiva u órgano superior equivalente de la organización, en la que se resuelve solicitar el subsidio y se autoriza al Presidente, representante legal o cargo equivalente superior a suscribir la solicitud, la aceptación, el o los convenios respectivos.
  6. Fotocopia autenticada del estatuto actualizado.
  7. Fotocopia autenticada de la designación de autoridades vigentes.
  8. Fotocopia autenticada de la resolución de la autoridad competente que otorgó la personería jurídica que se invoca.
  9. Los requisitos para las organizaciones sociales, conformadas de hecho o sin personería jurídica, que solicitan el subsidio representadas por una persona humana, deberán presentar:
  10. Nota de solicitud de inclusión dirigida a la Titular de la Secretaría de Articulación de Política Social, con firma ológrafa.
  11. Declaración Jurada en la que manifieste no estar percibiendo otros subsidios nacionales, por el mismo concepto y por igual fin.
  12. Documentación de dos personas responsables que ejercerán la representación de la organización en forma conjunta: Nombre y apellido, fotocopia de DNI (frente y dorso).
  13. Acta de asamblea de la organización donde conste el año de inicio de las actividades, miembros (Nombre, Apellido y DNI), objetivos, líneas de acción y población destinataria. Deberán acompañar aval firmado por miembros autorizando a la persona que ejercerá la representación y gestión relacionadas a la administración, y rendición del subsidio otorgado. La voluntad de asociarse por sus miembros manifestada en la mencionada acta de asamblea de la organización de base, deberá ser certificada por un funcionario o agente interviniente del Ministerio de Desarrollo Social, o bien, indistintamente por, Juez de Paz, autoridad policial y/o Municipal del domicilio del presentante o escritura pública.
  14. Declaración Jurada por parte de la/el representante de la Organización que exprese la voluntad de inscribirla al Registro Voluntario de Simples Asociaciones de la Inspección General de Justicia o en el Registro correspondiente a su Jurisdicción.
  15. Dos documentos (notas, informes técnicos y otro tipo de manifestación) que avalen el trabajo de la organización en el territorio. El aval deberá ser de instituciones gubernamentales, provinciales o municipales, o no gubernamentales, y deberá estar firmado y sellado por la autoridad del área de la referida institución que tiene a su cargo la temática motivo del aval.
  16. Material de difusión vinculado a las actividades que realiza la organización (fotos, videos, notas de prensa, entre otros) que acrediten sus antecedentes y trabajo en el territorio, y cualquier otro documento que permita acreditar la existencia real e inserción territorial del colectivo.
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Plan Alimentar Comunidad: monto y ¿cómo se cobra?

  • El Ministerio de Desarrollo Social otorgará única acreditación mensual.
  • El monto será determinado por la autoridad de aplicación en función de la demanda que cada uno abastezca.
  • Los rubros estarán limitados por sistema; es decir que no se podrán comprar otros productos no especificados en el programa.
  • No hay posibilidad de retiro de efectivo.
  • Estarán habilitadas tanto las tarjetas como las billeteras virtuales y los pagos mediante QR.
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