El Gobierno oficializó hoy el pago de un complemento mensual para los beneficiarios de las Asignaciones Familiares que se abonará a los trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública nacional y que se encuentren dentro del primer o del segundo rango de ingresos fijado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

Por su parte, la medida fue formalizada a través del decreto 719 publicado hoy en el Boletín Oficial.

Complemento Mensual para Asignaciones Familiares: a quién le corresponde

Beneficiarios y las beneficiarias de la Prestación por Desempleo

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•  Contribuyentes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que tributen en las categorías A, B, C o D y a las personas titulares que perciban las asignaciones familiares del segundo rango fijado por Anses

•  Cabe destacar que la norma establece además que se abonará siempre que sus titulares hayan generado derecho al cobro de la Asignación por Hijo y/o de la Asignación por Hijo con Discapacidad y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.

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Montos del Complemento Mensual

•  Suma no remunerativa equivalente a $5.063, para las personas comprendidas en el universo establecido por el decreto y que grupo familiar se encuentre dentro del primer rango de ingresos o que tributen en las categorías A, B o C del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

•  Suma no remunerativa equivalente a $3.415 para las personas cuyo ingreso del grupo familiar se encuentre dentro del segundo rango de ingresos o que tributen en la categoría D del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).

•  Sumas no remunerativas, para las personas del grupo familiar que se encuentren dentro del primer rango de ingresos o que tributen en las categorías A, B o C del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes el monto asignado será equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $10.126.

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•  Quienes estén comprendidas en el grupo familiar que se encuentre dentro del segundo rango de ingresos o que tributen en la categoría D del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes el monto asignado será de $6.830.

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