La Secretaría de Empleo dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social oficializó este martes los cambios en el programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo, el beneficio destinado a personas de entre 18 a 24 años con el objetivo de “generar oportunidades de inclusión social y laboral”.

A través de la resolución 338 publicada en el Boletín Oficial y con la firma del titular del organismo estatal Leonardo Julio Di Pietro Paolo, el Gobierno continúa con los impulsos en el esquema de reactivación económica, mientras avanza la segunda ola de contagios de coronavirus. 

Sin una cuarta edición confirmada del bono de $10000 del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), la cartera conducida por el ministro Claudio Moroni modificó más de 10 artículos en la reglamentación del programa. 

“Ahora en las Agencias Móviles se podrá realizar la inscripción al Programa Jóvenes con más y mejor trabajo, donde se ofrecen servicios de inserción laboral para jóvenes afectados por problemáticas de empleo”, anunció el Ministerio de Trabajo en redes sociales.

Punto por punto, todos los cambios y cómo inscribirse en el programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo

  • Se amplió el servicio de las Agencias Móviles, lo cual se permite tener funciones similares a las Oficinas de Empleo. De esta manera las y los jóvenes de entre 18 a 24 años interesados en inscribirse en el Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo podrán encontrar una mayor facilidad en el acceso del beneficio.
  • Las y los jóvenes que residan en localidades que no cuenten con Oficinas de Empleo integradas a la Red de Servicios de Empleo podrán optar por inscribirse en la Agencia Móvil correspondiente o en la Oficina de Empleo más cercana a su domicilio.

IMPORTANTE: Encontrá el calendario y lugares de visitas en www.argentina.gob.ar/trabajo/oficinasmoviles

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Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo, ¿cuáles con los requisitos para inscribirse?

  • El beneficio está destinado a jóvenes de entre 18 a 24 años;
  • Sin estudios secundarios completos, por lo cuál una vez inscriptos se obligará finalizar su escolaridad
  • La inclusión y participación de los jóvenes en las prestaciones contará con la asistencia, acompañamiento y seguimiento del Área de Empleo Joven de la Oficina de Empleo de la Red de Servicios de Empleo y/o de la Agencia Territorial;
  • Los jóvenes interesadas/os en inscribirse en el PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO deberán presentarse, con su D.N.I. y constancia de C.U.I.L., en la Oficina de Empleo de la Red de Servicios de Empleo correspondiente a su domicilio, o en la Agencia Territorial con jurisdicción en su domicilio, donde confeccionarán su Historia Laboral y suscribirán un Convenio de Adhesión, en el cual se detallarán sus derechos y obligaciones.
  • En caso de presentaciones espontáneas ante la Oficina de Empleo o la Agencia Territorial, los jóvenes mantendrán una entrevista donde actualizarán su historia laboral, se notificarán de las ofertas de empleo, de acciones formativas o de promoción del empleo existentes y/o de cualquier comunicación vinculada con su participación en el Programa.
  • El Formulario de Solicitud de Incentivo por Certificación de Estudios Primarios o Secundarios y su documentación de respaldo, deberán ser presentados por los participantes y registrada su presentación en la Plataforma Informática por la Oficina de Empleo o por la Agencia Territorial dentro de los 3 meses posteriores a la fecha de culminación de los estudios. En el caso de presentaciones extemporáneas, la Oficina de Empleo o la Agencia Territorial recibirá la documentación al solo efecto de actualizar la historia laboral de los jóvenes.
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Lugares de inscripción:

Podrán implementar el PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO aquellos Municipios que reúnan las siguientes condiciones:

1. Contar con una Oficina de Empleo integrada a la Red de Servicios de Empleo;

2. Conformar un Área de Empleo Joven;

3. Los Municipios interesados en implementar el PROGRAMA JÓVENES CON MÁS Y MEJOR TRABAJO en su jurisdicción deberán presentar, ante la Agencia Territorial correspondiente, el Formulario de Propuesta de Implementación del PROGRAMA JOVENES CON MAS Y MEJOR TRABAJO,

4. La SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO acordará con el Municipio las acciones de promoción del PROGRAMA JÓVENES CON MAS Y MEJOR TRABAJO, las cuales estarán dirigidas a la población destinataria y a los actores del mundo de la producción y del trabajo, y a instituciones educativas y organizaciones de la sociedad civil.

5. Las convocatorias de inscripción al Programa serán programadas en función de la cantidad de jóvenes relevados como potenciales destinatarios y la capacidad de atención diaria de la Oficina de Empleo y/o de la Agencia Territorial correspondiente.

Guía de inscripción:

1) Presentate con la documentación en la Oficina de Empleo más cercana a tu domicilio o en las Agencias Móviles. El trámite de inscripción es personal.

2) Realizá la entrevista de orientación con el personal de la Oficina de Empleo.

3) Suscribí el Convenio de Adhesión al Programa Jóvenes con más y Mejor Trabajo.

4) Una vez hecha la adhesión, el personal de la Oficina de Empleo te va a presentar las opciones que ofrece el programa para vos y los posibles caminos a seguir.

Cursos de inserción laboral, ¿cómo funcionan?

  • Los Cursos de Apoyo a la Empleabilidad e Integración tendrán una duración máxima de DOS (2) meses y una carga horaria de hasta SESENTA Y CUATRO (64) horas.
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Asistencia y pago por la búsqueda empleo

  • Los jóvenes que no se encuentren desarrollando una actividad y se presenten, en respuesta a una citación o por su propia iniciativa, ante la Oficina de Empleo o la Agencia Territorial en al menos 2 oportunidades dentro de un mismo mes, percibirán una ayuda económica mensual de $2000, en concepto de asistencia para la búsqueda de empleo.
  • Los jóvenes podrán percibir esta ayuda económica mensual en hasta 6 períodos mensuales, continuos o discontinuos, durante toda su participación en el Programa.

¿Cómo y dónde reclamar si me rechazan la soliticitud?

  • Las y los participantes dispondrán de un plazo perentorio de CUATRO (4) meses, contados desde la fecha de pago, para interponer reclamos ante la Oficina de Empleo o la Agencia Territorial donde se encuentren registrados, relacionados con el proceso de liquidación, con el pago de prestaciones dinerarias o con la baja de tarjetas magnéticas y cierre de cuentas por la falta de movimientos de débito. Vencido dicho plazo se tendrá por desistido su derecho.
  • La Oficina de Empleo y la Agencia Territorial tendrán un plazo máximo de UN (1) mes, desde su recepción, para resolver los reclamos sujetos a su decisión o para remitirlos a la dependencia correspondiente para su tramitación.
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