Apartir del mes de septiembre, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), en conjunto con el Ministerio de Mujeres, Género y Diversidad, pagará el equivalente a un Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) , es decir, $48.850, durante seis meses a un importante grupo de beneficiarios de entre 18 a 65 años.

La agencia de Gobierno que lidera Fernanda Raverta lanzó el Programa Acompañar, dirigido a mujeres y miembros de la comunidad LGBTIQ+ que están en situación de violencia de género.

Las personas titulares de esta prestación social recibirán el equivalente al SMVM durante seis meses consecutivos, empezando en agosto, que se pagará en el mes de septiembre.

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Además, el programa brindará a las víctimas un acompañamiento integral y acceso a dispositivos de fortalecimiento psicosocial coordinado con los gobiernos provinciales y locales.

CÓMO ANOTARSE EN EL PROGRAMA ACOMPAÑAR

La inscripción debe realizarse a través de las Unidades de Acompañamiento que se pueden encontrar en todo el país y en los Operativos Territoriales de alcance nacional. Para conocer la opción más cercana a tu domicilio, se puede consultar en https://www.argentina.gob.ar/generos/unidades-del-programa-acompanar.

Anses pagará $48.850 a quienes cumplan con los requsitos establecidos.

QUIÉNES PUEDEN SOLICITARLO

Para poder ingresar, solo hay que cumplir con dos requisitos:

  • Ser mujer o parte de la comunidad LGBTIQ+ en situación de violencia de género.
  • Tener entre 18 y 65 años.
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QUIÉNES PUEDEN ACCEDER AL PROGRAMA ACOMPAÑAR

Se pagará el beneficio a las personas que cumplan con los requisitos antes mencionados y además pertenezcan a estos grupos:

  • Asignación Universal por hijo.
  • Asignación Universal por Embarazo para Protección Social.
  • Asignación por hijo con discapacidad.
  • Monotributo Social.
  • Trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

QUIÉNES NO PUEDEN ACCEDER AL PROGRAMA ACOMPAÑAR

Quedarán excluidas aquellas personas que tengan:

  • Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, monotributo y régimen de autónomos (excepto monotributo social).
  • Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgada por el Estado nacional.
  • Jubilaciones, Pensiones o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor dispuesta por el Decreto N° 894/2016.
  • Prestación por desempleo.
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Fuente: Los Andes

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