Los jubilados y pensionados de ANSES cobrarán en diciembre de 2026 la segunda parte del aguinaldo, un pago complementario que se incorporará a sus haberes mensuales. No obstante, el importe variará según cada beneficiario y algunos podrán percibir más de $250.000 por este concepto.

La suma dependerá del haber previsional de cada persona y de la actualización que corresponda aplicar en diciembre. Por su parte, el organismo previsional fijó el cronograma para cobrar mediante la Resolución 349/2025.

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Qué jubilados recibirán más de $250.000 de aguinaldo en diciembre

El medio aguinaldo representa el 50% del mayor haber mensual percibido durante el segundo semestre del año.

En consecuencia, para obtener un aguinaldo superior a $250.000, el jubilado deberá contar con un haber computable que supere los $500.000.

Estos ejemplos permiten observar cómo cambia el importe según la jubilación:

  • Haber de $450.000: aguinaldo de $225.000.
  • Haber de $500.000: aguinaldo de $250.000.
  • Haber de $550.000: aguinaldo de $275.000.
  • Haber de $600.000: aguinaldo de $300.000.
  • Haber de $700.000: aguinaldo de $350.000.
  • Haber de $800.000: aguinaldo de $400.000.

Las cifras son estimativas y representan importes brutos, antes de aplicar los descuentos que pudieran corresponder.

Cuánto recibirán de aguinaldo los jubilados que cobran la mínima

Durante octubre, la jubilación mínima de ANSES es de $435.748,51, sin incluir el bono extraordinario de $70.000.

Si se toma ese haber como referencia, el medio aguinaldo sería de $217.874,26. De todas maneras, el importe final de diciembre podría aumentar como consecuencia de los ajustes mensuales establecidos por la fórmula de movilidad previsional.

Para determinar el valor definitivo todavía deben conocerse dos indicadores:

  • El aumento de noviembre, que se calcula a partir de la inflación de septiembre.
  • El incremento de diciembre, que se define según el IPC de octubre.

El INDEC difundirá el último indicador durante noviembre, un dato que permitirá establecer la actualización de los haberes para diciembre.

¿El bono de $70.000 se suma al aguinaldo?

El refuerzo extraordinario no se incluye en el cálculo del Sueldo Anual Complementario (SAC), por lo que su importe no modifica la base sobre la que se determina el aguinaldo.

Es importante distinguir los tres conceptos que pueden integrar el ingreso de los jubilados:

  • Jubilación mensual: se actualiza mediante la fórmula de movilidad vigente.
  • Aguinaldo: corresponde al 50% del mayor haber mensual del semestre.
  • Bono extraordinario: constituye un adicional independiente, cuyo pago depende de una decisión del Gobierno.

Si el Ejecutivo confirma que el bono continúa en diciembre, los jubilados que cumplan las condiciones podrán cobrar los tres conceptos. Sin embargo, el refuerzo se liquidará por separado y no se sumará al cálculo del aguinaldo.

Cuándo cobran los jubilados el aguinaldo en diciembre de 2026

La Resolución 349/2025 de ANSES, en su Anexo XII, contiene el calendario de pagos previsto para diciembre, período en el que se abonará la segunda cuota del aguinaldo.

Jubilados y pensionados del primer intervalo de haberes:

  • DNI terminado en 0: 9 de diciembre.
  • DNI terminado en 1: 10 de diciembre.
  • DNI terminado en 2: 11 de diciembre.
  • DNI terminado en 3: 14 de diciembre.
  • DNI terminados en 4 y 5: 15 de diciembre.
  • DNI terminados en 6, 7, 8 y 9: 16 de diciembre, de acuerdo con el cronograma informado.

Jubilados y pensionados del segundo intervalo de haberes:

  • DNI terminados en 0 y 1: 17 de diciembre.
  • DNI terminados en 2 y 3: 18 de diciembre.
  • DNI terminados en 4 y 5: 21 de diciembre.
  • DNI terminados en 6 y 7: 22 de diciembre.
  • DNI terminados en 8 y 9: 23 de diciembre.

El aguinaldo se acredita junto con la jubilación o pensión mensual. Por lo tanto, no es necesario inscribirse ni presentar una solicitud ante ANSES para acceder a este pago.

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