El calendario de pagos septiembre para  jubilados y pensionadosAsignación Universal por Hijo (AUH) y Asignación Universal por Embarazo (AUE), finaliza, y la Administración Nacional de la Seguridad Social ( Anses) ya confirmó un refuerzo para octubre y noviembre que alcanzará, por lo menos, a un millón de personas.  

El organismo previsional a cargo de Fernanda Raverta también confirmó que en los próximos meses se abonará el bono de $7.000 o $4.000 que reciben los jubilados que cobran hasta dos jubilaciones mínimas, mientras que articula con el Ministerio de Desarrollo Social el cronograma de pagos de la Tarjeta Alimentar para AUH y AUE

En tanto, el Gobierno evalúa entregar una asistencia económica muy parecida al Ingreso Familiar de Emergencia (IFE 5) a los sectores más afectados por el contexto inflacionario. Juan Grabois, líder del Frente Patria Grande, a través de su cuenta de Facebook detalló que se trataría de un bono que alcanzará los 50 mil pesos y se pagará en tres cuotas.

Con el fin de seguir acompañando a los sectores de menos recursos, Anses coordina con otros organismos del Estado programas como el plan Potenciar Trabajo, las Becas Progresar que incluyen un bono extra, los créditos de $85.000 para madresy el plus de $10.772 de AUH, entre otros. 

Quiénes cobran el refuerzo de $20.000 en octubre y noviembre

Los bonos o refuerzos de ANSES han sido publicados en el Boletín Oficial.

LOS DETALLES DEL DECRETO

ARTÍCULO 1°.- Establécese un Refuerzo Mensual, en los términos dispuestos en el presente decreto, para las personas titulares de la Asignación por Hijo e Hija, e Hijo e Hija con Discapacidad.

Te puede interesar:  Nuevas Becas Progresar de ANSES: cómo anotarse para cobrar $240.000

ARTÍCULO 2°.- El Refuerzo Mensual se abonará a:

a. Los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública nacional, siempre que el ingreso del grupo familiar establecido por el Decreto Nº 1667/12 se encuentre dentro del primer rango de ingresos fijado por la Resolución ANSES Nº 202/22;

b. Las personas titulares de la Prestación por Desempleo de las Leyes Nros. 24.013, 25.191 y 25.371, siempre que el ingreso del grupo familiar establecido por el Decreto Nº 1667/12 se encuentre dentro del primer rango de ingresos fijado por la Resolución ANSES Nº 202/22;

c. Las personas titulares comprendidas en el artículo 1° del Decreto N° 592/16 que perciban las asignaciones familiares del primer rango fijadas por la Resolución ANSES Nº 202/22.

ARTÍCULO 3°.- El monto del Refuerzo Mensual se abonará por cada hijo e hija, en los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2022 y consistirá en una suma fija no remunerativa equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de PESOS VEINTE MIL ($20.000), incluido el Valor General de la Asignación por Hijo e Hija correspondiente al primer rango de ingresos fijado por la Resolución ANSES N° 202/22 y el Complemento Mensual de Asignaciones Familiares establecido en el inciso a) del artículo 4° del Decreto N° 719/21 para las personas comprendidas en el artículo 2° del presente decreto.

Te puede interesar:  ANSES: quiénes pueden cobrar el subsidio de $202 mil

ARTÍCULO 4°.- El Refuerzo Mensual que se otorga por el presente decreto se abonará a las personas titulares que hayan percibido en el mes de septiembre de 2022 las Asignaciones por Hijo e Hija y/o Hijo o Hija con Discapacidad correspondientes al mes de julio de 2022; en el mes de octubre de 2022 las correspondientes al mes de agosto de 2022 y en el mes de noviembre de 2022 las correspondientes al mes de septiembre de 2022; y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.

ARTÍCULO 5°.- Facúltase a la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), en el ámbito de sus respectivas competencias, a dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación del presente decreto.

Bono de ANSES de $7.000

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informó el nuevo calendario de pagos correspondiente a octubre, en el cual se seguirá pagando el nuevo bono de refuerzo de $ 7000 para los jubilados y pensionados.

Se trata de la medida que anunció la titular del organismo previsional, Fernanda Raverta, a mediados de agosto. El monto máximo de $ 7000 que irá decreciendo hasta los $ 4000, según los ingresos de cada titular.

Te puede interesar:  ANSES anunció un doble bono y nuevo aumento en abril para asignaciones

Quiénes cobran el bono de 7 mil pesos

  • El bono extra está dirigido a jubilados y pensionados que perciban un haber mínimo.
  • Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor.
  • Beneficiarios de las pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o hijas o más y demás pensiones no contributivas.
  • Beneficiarios de pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de ese organismo.

Nuevo IFE de $50.000: inscripción, cuánto y cuándo se paga

El nuevo bono asciende a un valor total de $ 50.000, pero será depositado en tres cuotas de $ 16.500 en octubre, noviembre y diciembre para garantizar el acceso a la canasta básica alimentaria.

Todavía no se terminó de definir cómo será el proceso de inscripción al refuerzo. De todas formas, debido a que se otorgará a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), se estima que la inscripción sea de la misma forma que el último refuerzo, durante la pandemia.

Nuevo IFE de $50.000: requisitos para cobrarlo

Los requisitos para poder acceder al cobro de este beneficio se centran en estar en una “situación económica vulnerable”.

Sin embargo, no es lo único que deben cumplir, mediante el decreto el Gobierno confirmó que se tendrá en cuenta si forman parte o no de los programas sociales que funcionan actualmente.

Qué te pareció esta nota?
Me Gusta
Me Gusta Me Encanta Me Divierte Me Sorprende Me Entristece Me Enfada
2

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí