Este lunes, entra en funcionamiento el programa de reintegro del IVA en la compra de productos de la canasta básica a través de tarjeta de débito. Esto permitirá a alrededor de 20 millones de personas obtener beneficios en la adquisición de alimentos y productos de higiene personal. Sin embargo, para obtener un descuento de hasta $18,800 por mes y por persona, es importante verificar si eres un beneficiario del programa. Aquí te explicamos cómo hacerlo.

Cómo saber si te corresponde el reintegro de IVA

  1. Ingresa al sitio web oficial de la AFIP a través del siguiente enlace: https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/reintegro/consulta.aspx
  2. En la página, deberás ingresar tu CUIL y el código de seguridad.
  3. Una vez completados los datos, la pantalla te mostrará si estás incluido como beneficiario o no.
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Es fundamental aclarar que esta plataforma de consulta solo aplica a beneficiarios anteriores, como jubilados y pensionados que ya tenían acceso al reintegro mensual de $4,000. Los nuevos sujetos alcanzados por el programa no están incluidos en esta verificación.

¿Qué Pasa si no Estás Incluido?

Si descubres que no estás incluido en la plataforma de beneficiarios, no te preocupes. Los sistemas ya se han activado para que 18 millones de personas puedan acceder al beneficio sin necesidad de realizar trámites previos.

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Quiénes son los Sujetos Alcanzados por el Programa

Los sujetos beneficiarios del régimen de reintegros son:

a) Jubilados, Beneficiarios de Pensiones por Fallecimiento y No Contributivas Nacionales.

b) Beneficiarios de Asignaciones Universales por Hijo para Protección Social. El monto total mensual de estos ingresos no debe superar seis haberes mínimos garantizados.

c) Beneficiarios de Asignaciones por Embarazo para Protección Social.

e) Trabajadores en Relación de Dependencia, siempre que sus ingresos mensuales no excedan seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Para estos ingresos, se considerará la remuneración bruta devengada en el período fiscal vencido en el mismo mes que se envíe la información a las entidades administradoras de tarjetas de débito. En caso de pluriempleo, se sumarán las remuneraciones brutas.

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f) Personal de Casas Particulares.

g) Monotributistas, excepto si obtienen ingresos de conceptos comprendidos en el último párrafo del artículo 11 del anexo de la ley 24.977.

Fecha de Entrada en Vigencia

Estas disposiciones entraron en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial, que fue el pasado jueves. El programa será aplicable para las operaciones realizadas a partir de las 00:00 hs. del 18 de septiembre de 2023.

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