A través de la resolución 127/2021 de la Secretaría de Empleo, publicado este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno otorgará un nuevo bono de $9.000 no remunerativo trabajadores de empresas autogestionadas que se vieron afectados, ya sea por suspensión de actividades o disminución sus ingresos, por consecuencia del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) a causa de la pandemia del coronavirus (Covid-19).

Tal como fue entregado el bono extraordinario del Ingreso Familiar de Emergencia ( IFE), para asistir a los sectores más vulnerables durante el aislamiento, también fue otorgada una ayuda económica a trabajadoras y trabajadores de empresas autogestionadas durante el 2020.

Según publica BaeNegocios, la misma creó la asistencia económica de emergencia para socias y socios trabajadores de las unidades productivas autogestionadas, que originalmente era por dos meses, y en noviembre último se amplió a siete.

¿Quiénes cobran el bono de $9.000?

El bono está dirigido a las unidades productivas autogestionadas por trabajadoras y trabajadores que suspendieran su actividad productiva, o disminuyeran su nivel de ingresos económicos como consecuencia del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO).

La nueva resolución indica que “en virtud de la prolongación de los efectos de la pandemia en el nivel de actividad económica y en el nivel de ingresos de las unidades productivas autogestionadas participantes del Programa Trabajo Autogestionado, deviene necesario no desatender la problemática que continúa afectando a dicho colectivo de trabajadoras y trabajadores”.

En consecuencia, sostuvo que “resulta pertinente otorgar, por única vez, una ayuda económica de $9.000 a los socios trabajadores y socias trabajadoras de aquellas unidades productivas autogestionadas (cooperativas) que completaron, o completen, la percepción de la asistencia económica de emergencia establecida por la resolución 144/2020”.

Según los requisitos, solo podrán acceder a dicho monto quienes no gozan de una remuneración laboral ajena a la cooperativa, prestaciones contributivas por desempleo, prestaciones previsionales, el salario social complementario administrado por el Ministerio de Desarrollo Social y ayudas económicas de otras programas nacionales, provinciales o municipales o de capacitación laboral.

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