Los jubilados de ANSES recibirán en agosto un refuerzo extraordinario de hasta $70.000, siempre que cumplan con el requisito previsto por la normativa vigente para acceder al beneficio.

Por otra parte, estudiantes que se inscribieron en Becas Progresar comenzaron a recibir la notificación de adjudicación correspondiente a la convocatoria del programa.

Cuánto cobran los jubilados en agosto

El aumento para jubilados en agosto será del 1,9%, porcentaje que surge de la inflación de junio informada por el INDEC.

Con esta actualización, la jubilación mínima pasará a ser de $419.827,12, mientras que la jubilación máxima alcanzará $2.824.649,50.

Monto del bono de agosto para jubilados

El decreto oficial establece que durante agosto se abonará un bono extraordinario previsional de hasta $70.000 para quienes perciban haberes mínimos.

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El valor del refuerzo permanece sin cambios desde marzo de 2024 y, por el momento, el Gobierno no anunció modificaciones para los próximos meses.

Mientras tanto, los haberes jubilatorios continúan actualizándose mediante la fórmula de movilidad, que toma como referencia la inflación de dos meses atrás. Por esa razón, en agosto se aplicará el incremento del 1,9% correspondiente al IPC de junio.

Requisitos para cobrar el bono de ANSES

Podrán acceder al bono los siguientes grupos:

  • Jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
  • Titulares de Pensiones No Contributivas (PNC).
  • Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
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El requisito principal para cobrar el bono completo de $70.000 es percibir una jubilación mínima, que en agosto será de $419.827,12.

Quienes superen ese monto podrán acceder a un bono proporcional. La normativa establece que el refuerzo será equivalente a la diferencia necesaria para que el ingreso total alcance $489.827,12, que resulta de sumar el haber mínimo y el bono extraordinario.

Por ejemplo, si un jubilado percibe $439.827, recibirá un bono de $50.000 para completar el tope previsto por ANSES.

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Fechas de cobro para jubilados en agosto de 2026

Jubilados con haberes mínimos

  • DNI 0: 10 de agosto.
  • DNI 1: 11 de agosto.
  • DNI 2: 12 de agosto.
  • DNI 3: 13 de agosto.
  • DNI 4: 14 de agosto.
  • DNI 5: 18 de agosto.
  • DNI 6: 19 de agosto.
  • DNI 7: 20 de agosto.
  • DNI 8: 21 de agosto.
  • DNI 9: 24 de agosto.

Jubilados con haberes superiores a la mínima

  • DNI 0 y 1: 25 de agosto.
  • DNI 2 y 3: 26 de agosto.
  • DNI 4 y 5: 27 de agosto.
  • DNI 6 y 7: 28 de agosto.
  • DNI 8 y 9: 31 de agosto.
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