La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó las condiciones de acceso a la Prestación por Desempleo en noviembre de 2026, destinada a empleados registrados del sector privado que perdieron su puesto de trabajo por causas ajenas a su voluntad.
El importe mensual se determina tomando como referencia el 75% del mejor salario percibido durante los últimos seis meses de actividad. Para este período, los valores tienen un piso de $188.300 y un máximo de $376.600 netos, equivalentes al 50% y al 100% del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM).
¿Quiénes tienen derecho a cobrar la Prestación por Desempleo en noviembre?
Esta asistencia económica está dirigida a los trabajadores en relación de dependencia alcanzados por la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 que quedaron sin empleo por razones que no dependen de su decisión. Entre las situaciones contempladas se encuentran las siguientes:
- Despido sin justa causa: cuando el empleador comunica directamente la finalización del vínculo laboral.
- Vencimiento del contrato: finalización de un acuerdo por tiempo determinado o de una contratación por obra.
- Quiebra o cierre de la empresa: interrupción de las actividades por un proceso concursal o una liquidación judicial.
- Renuncia por motivos justificados: desvinculación indirecta formalizada mediante intimaciones y telegramas laborales.
En el caso de los empleados permanentes, se requiere demostrar al menos seis meses de aportes durante los tres años previos al despido. Para los trabajadores eventuales o de temporada, la condición es acreditar 12 meses de actividad dentro de ese mismo período, con más de 90 días trabajados durante el último año.
¿De cuánto es el monto mínimo y máximo que se cobra por desempleo?
El importe de la prestación se calcula sobre el 75% del mejor salario bruto que el trabajador recibió en los seis meses anteriores a la pérdida del empleo. No obstante, existen límites establecidos en función del Salario Mínimo, Vital y Móvil, fijado en $376.600:
- Monto mínimo: $188.300 netos, equivalente al 50% del SMVM.
- Monto máximo: $376.600 netos, correspondiente al 100% del SMVM.
La cantidad de pagos mensuales que ANSES reconoce depende del período de trabajo con aportes que cada solicitante tenga registrado en el sistema previsional.
¿Qué documentación es obligatoria para tramitar la ayuda por desempleo?
La solicitud debe presentarse dentro de los 90 días hábiles posteriores a la finalización del vínculo laboral. Para iniciar el procedimiento, es necesario reunir la documentación correspondiente y presentar los originales junto con sus respectivas copias:
- Documento Nacional de Identidad: DNI vigente, acompañado de una fotocopia.
- Despido sin causa: telegrama de despido, carta documento o comunicación de desvinculación con firma certificada por escribano o autoridad competente.
- Vencimiento de contrato: copia del acuerdo laboral por tiempo determinado que llegó a su fecha de finalización.
- Quiebra o concurso: resolución judicial u otros documentos que acrediten el cierre del establecimiento.
- Despido indirecto: telegramas enviados para intimar al empleador y comunicación laboral mediante la cual el trabajador informó su desvinculación.
¿Cuáles son los pasos para realizar el trámite presencial o virtual?
El procedimiento para solicitar la Prestación por Desempleo de ANSES es gratuito y puede completarse mediante dos alternativas oficiales:
- Trámite presencial: primero se debe gestionar un turno en el sitio web oficial de ANSES (anses.gob.ar). Luego, el solicitante deberá presentarse en una oficina del organismo o Unidad de Atención Integral (UDAI) con toda la documentación requerida.
- Trámite virtual: se debe ingresar a Atención Virtual de ANSES utilizando el número de CUIL y la Clave de la Seguridad Social. Una vez dentro de la plataforma, hay que elegir la opción Prestación por Desempleo y cargar las imágenes del DNI y de los comprobantes que justifican la solicitud.














