La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) retomó este miércoles el calendario de pagos para las prestaciones y beneficios correspondientes al mes de junio de 2023.
En esta ocasión, la entidad previsional otorgará un bono de $15.000 a los jubilados y un extra para los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH).
Asimismo, a partir del lunes 26 de junio, se abrirá el cobro del fondo de desempleo, el cual está dirigido a aquellas personas que hayan trabajado en relación de dependencia y hayan sido despedidas sin causa justa.
Prestación por Desempleo: una ayuda económica para quienes no tienen trabajo
La prestación por desempleo es un beneficio que oscila entre un mínimo de $24.440 y un máximo de $40.733 destinado a las personas que se encuentran desempleadas. Los montos se calculan en base a los ingresos y los meses trabajados, teniendo en cuenta los aportes realizados durante los últimos 3 años. Aquellos trabajadores mayores de 45 años recibirán el beneficio durante 6 meses adicionales.
Durante el período en que se perciba esta prestación, se tendrá acceso a otras asignaciones familiares y a la obra social a la que la persona estaba afiliada. Además, el tiempo en el que se recibe la prestación se considerará como antigüedad para fines previsionales.
Requisitos para acceder al Fondo de Desempleo
El beneficio está dirigido a las siguientes personas:
- Aquellas que hayan sido despedidas de un empleo en relación de dependencia sin causa justa, ya sea por finalización de contrato o por causas externas al trabajador.
- Empleados permanentes que hayan trabajado al menos 6 meses con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
- Empleados eventuales y/o de temporada que hayan trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año antes de la finalización del trabajo.
Exclusiones y regímenes que no pueden acceder al Fondo de Desempleo
No podrán acceder al Fondo de Desempleo de Anses las siguientes personas:
- Aquellas que no hayan realizado aportes al Fondo Nacional de Empleo.
- Quienes perciban prestaciones previsionales, a excepción de las pensiones directas o derivadas de carácter contributivo.
- Beneficiarios de Programa Jefes de Hogar, Programas de Empleo u otras prestaciones no contributivas, con excepción de los beneficiarios de Pensión Vitalicia por excombatientes del Atlántico Sur, según la Ley N.º 23.848.
- Aquellos que se encuentren contratados bajo la modalidad de pasantías.
- Quienes perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada.
- Los que hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador, así como aquellos que hayan optado por el retiro voluntario.
Además, no podrán acceder al Fondo de Desempleo quienes pertenezcan a los siguientes regímenes:
- Servicio Doméstico.
- Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal.
- Establecimientos Privados de Enseñanza según la Ley N.º 13.047.
- Personal Docente de la Educación Superior de Instituciones Universitarias Privadas reguladas por la Ley N.º 24.521.
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Cómo solicitar el Fondo de Desempleo
Para acceder a la prestación, se deben seguir los siguientes pasos:
- Presentar el DNI y la documentación que demuestre el desempleo. Los requisitos específicos varían según el motivo del despido. Para obtener más información, se puede acceder al siguiente enlace: https://www.argentina.gob.ar/servicio/tramitar-la-prestacion-por-desempleo
- Una vez que se cuente con la documentación necesaria, se puede solicitar un turno en ANSES y presentarla de forma presencial en la oficina o acceder a la Atención Virtual utilizando el CUIL y la Clave de Seguridad Social.
Las personas que deseen acceder al beneficio tienen un plazo de 90 días hábiles desde la ruptura de la relación laboral para solicitar la prestación. De lo contrario, se descontará un día de prestación por cada día hábil transcurrido.
Calendario de pagos
El calendario de pagos de junio de 2023 es el siguiente:
- Documentos terminados en 0 y 1: 26 de junio
- Documentos terminados en 2 y 3: 27 de junio
- Documentos terminados en 4 y 5: 28 de junio
- Documentos terminados en 6 y 7: 29 de junio
- Documentos terminados en 8 y 9: 30 de junio














