Durante agosto de 2025, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) otorgará un beneficio económico de $308.200 a personas que actualmente se encuentran desempleadas.

Esta ayuda corresponde al programa Prestación por Desempleo para trabajadores de la construcción, pensado para quienes perdieron su trabajo sin causa justificada o por finalización de una obra.

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En qué casos se otorga la Prestación por Desempleo

La Prestación por Desempleo para empleados de la construcción se calcula teniendo en cuenta los ingresos y los meses aportados durante los últimos dos años, y puede otorgarse por un período de entre 3 y 8 meses, dependiendo del historial laboral del solicitante.

Este subsidio está disponible para personas que hayan sido desvinculadas de sus empleos en alguna de las siguientes situaciones:

  • Despido sin causa justificada: presentación de telegrama, carta documento o nota firmada por el empleador que certifique el despido.
  • Despido por quiebra del empleador: debe presentarse una nota del síndico, una copia del fallo judicial, un telegrama que notifique la quiebra, o la publicación oficial de la misma.
  • Ruptura del vínculo laboral por justa causa alegada por el trabajador (según el Art. 242 de la Ley de Contrato de Trabajo): es necesario presentar los telegramas que certifiquen la situación.
  • No renovación de contrato a plazo fijo: se requiere el contrato vencido como comprobante.
  • Fallecimiento del empleador individual: presentación del Acta de Defunción certificada.
  • Accidente o enfermedad laboral o no laboral al momento del despido: se debe mostrar un certificado médico que habilite al trabajador a desempeñar funciones acordes a su estado de salud.

Requisitos y documentación para solicitar el beneficio

Para recibir esta ayuda económica para desempleados, es necesario cumplir con ciertos requisitos formales y presentar la documentación correspondiente:

  • DNI, original y copia.
  • Comprobante del cese laboral, según corresponda al caso.
  • Además, se debe presentar la libreta o tarjeta de trabajo con constancia del Fondo de Cese Laboral. Si el pago del fondo aún no fue realizado y no pasaron más de 60 días desde el despido, se debe presentar un telegrama o carta documento dirigida al empleador exigiendo su pago.

Cómo y dónde se cobra la ayuda de ANSES

Una vez aprobada la solicitud por parte de ANSES, el subsidio por desempleo se abonará a través de una Caja de Ahorro de la Seguridad Social.

El trámite se puede realizar desde la plataforma “Mi ANSES”, ingresando con clave personal, o presencialmente en una oficina del organismo, con turno previo.

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