Este jueves, el juez en lo contencioso administrativo federal Enrique Lavié Pico tomó una decisión trascendental al habilitar la feria judicial de enero para el tratamiento separado de los amparos que impugnan la constitucionalidad del DNU 70/23, emitido por el gobierno de Javier Milei.

La medida del magistrado no solo posibilita la tramitación individual de los amparos sino que, además, determina la inadmisibilidad formal de la acción como proceso colectivo presentado por el Observatorio de Derecho de la Ciudad. Este organismo agrupaba diversas demandas contra el decreto.

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La resolución de Lavié Pico implica que cada expediente relacionado con la impugnación del DNU pueda seguir su propio curso en distintas jurisdicciones, aumentando las posibilidades de declarar inconstitucionales ciertos aspectos del decreto.

Ante la posibilidad de que algunos capítulos del DNU sean considerados inconstitucionales, el Gobierno buscaba concentrar todos los cuestionamientos en un solo juzgado. La desarticulación de la acción colectiva desestima esta estrategia, permitiendo a jueces federales de diferentes jurisdicciones intervenir en los procesos judiciales contra el DNU.

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El extenso alcance del DNU 70/23, que aborda temas relacionados con la reforma del Estado y la desregulación económica, fue uno de los factores determinantes para la decisión del juez Lavié Pico de desarmar el proceso colectivo. Esta medida marca un hito en la lucha judicial contra el decreto gubernamental y abre la puerta a un escenario judicial más complejo y diversificado.

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