La Administración Nacional de la Seguridad Social ( Anses) iniciará el cronograma de pagos para jubilados y pensionados que cobren los haberes mínimos el próximo jueves 8 de julio. Esa misma fecha también recibirán su monto mensual los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación Universal por Embarazo (AUE). 

A falta del Ingreso Familiar de Emergencia y del bono de 15000 pesos que sirvieron de contención en la primera y segunda ola del coronavirus, los titulares de esas prestaciones recibieron un aumento del 12,12% en junio como parte del incremento por la Ley de Movilidad Jubilatoria

Por su parte, el gobierno adelantó que están evaluando un nuevo bono para los jubilados que cobren los haberes mínimos y de esta forma puedan “recuperar poder asquisitivo“. 

Durante el mes pasado, los jubilados y pensionados de  Anses cobraron el dinero correpondientes al aguinaldo SAC (Sueldo Anual Complementario). Este estímulo económico se debe abonar en dos cuotas semestrales que representan el 50% del total. Una a mitad de año y la segunda en diciembre.

¿Cuando es el próximo aumento a jubilados?

Las jubilaciones, pensiones y asignaciones tuvieron un aumento en junio del 12,12%, por lo que el haber jubilatorio mínimo se estableció en $23.064, informó la Administración Nacional de la Seguridad Social.

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Con la nueva Ley de Movilidad (N° 27.609), se otorga incrementos trimestrales a partir de una fórmula que combina en partes iguales el avance de la recaudación en términos interanuales y del índice de salarios del sector registrado.

Teniendo en cuenta que la última actualizacion fue en junio, el próximo aumento a jubilados se entregará a partir de septiembre 2021.

Cuando cobro mi jubilación: Calendario Anses julio 2021

Jubilaciones y pensiones:
Haberes que no superen los $25.923

  • DNI terminados en 0, cobran el 8/7
  • DNI terminados en 1, cobran el 12/7
  • DNI terminados en 2, cobran el 13/7
  • DNI terminados en 3 cobran el 14/7
  • DNI terminados en 4, cobran el 15/7
  • DNI terminados en 5, cobran el 16/7
  • DNI terminados en 6, cobran el 19/7
  • DNI terminados en 7, cobran el 20/7
  • DNI terminados en 8, cobran el 21/7
  • DNI terminados en 9, cobran el 22/7

Haberes superiores a los $25.923

  • DNI terminados en 0 y 1, cobran el 23/7
  • DNI terminados en 2 y 3, cobran el 26/7
  • DNI terminados en 4 y 5, cobran el 27/7
  • DNI terminados en 6 y 7 cobran el 28/7
  • DNI terminados en 8 y 9, cobran el 29/7
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Mi Anses: Bono para jubilados y pensionados 

El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, anticipó el sábado pasado la posibilidad de que se asigne un nuevo bono para jubilados y pensionados en el mes de julio que cobren la mínima y de ingresos bajos en carácter de “recuperación de poder adquisitivo frente a la inflación” del primer trimestre

“Estamos trabajando con el  Anses y el Ministerio de Economía para ver bien el bono a jubilados”, señaló el funcionario en diálogo con Radio 10.

Si bien aún no hay una fecha de cobro estimada, este año entre el aumento de marzo y el de junio los jubilados y pensionados que reciben la mínima tuvieron un ingreso extra de 1500 pesos en abril mayo. La metodología podría ser parecida.  

Jubiladas de AUH: Cómo será el nuevo programa de  Anses

Anses dio en mayo los primeros detalles del programa que lanzará de manera oficial en las próximas jornadas. 

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Según se indicó, combinará tres modalidades complementarias que permitirán disminuir las brechas en el sistema de la seguridad social, y que, además, lograrán garantizar el acceso inmediato a un beneficio jubilatorio para gran parte de las actuales mujeres adultas mayores, muchas de las cuales hoy no tienen ningún ingreso.

“Programa Integral de Reconocimiento de Períodos de Servicio por Tareas de Cuidado”

Esta línea se reconocerá a los fines jubilatorios un año por hijo/a para mujeres y personas gestantes con hijos/as nacidos/as vivos/as o adoptados siendo menores de edad;

Se incluirá a las mujeres que hayan sido titulares de la  AUH (y el niño o niña haya percibido este derecho por lo menos durante 12 meses) los cuáles se les computarán dos años adicionales;

En tanto, las trabajadoras registradas que hayan hecho uso del período de licencia por maternidad y por excedencia, también se les reconocerá dicho plazo a los fines de acceder al derecho a una jubilación.

Fuente: Baenegocios

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