Para el mes de febrero, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anunció un incremento del 2,7% y confirmó que los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo recibirán tres beneficios adicionales, varios de ellos actualizados.
El valor de la AUH se incrementará de $95.548 a $98.127, aunque después de la retención del 20% que aplica ANSES, el monto final será de $78.502. El aumento también alcanzará a otros grupos como la Asignación Universal por Embarazo (AUE), Asignación por hijo del sistema SUAF, Jubilaciones y pensiones, Prestación universal de adultos mayores (PUAM), Pensiones no contributivas (PNC) y Prestación Básica Universal (PBU).
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Respecto a los complementos adicionales, el primero es la Tarjeta Alimentar, dirigida a familias beneficiarias de AUH con hijos entre 0 y 17 años, que busca asegurar el acceso a alimentos básicos para grupos vulnerables.
Los montos de este beneficio se mantendrán sin cambios durante febrero, conservando los valores de diciembre:
- $52.250 para familias con un hijo
- $81.936 para familias con dos hijos
- $108.062 para familias con tres o más hijos
Adicionalmente, las familias con niños menores de 3 años recibirán el Complemento Leche. Este beneficio, otorgado por ANSES según la Ley de los Mil Días, apunta a mejorar la alimentación de los niños por nacer, las embarazadas y los pequeños durante sus primeros tres años. En febrero, este complemento alcanzará los $37.007.
Finalmente, estará disponible la Libreta AUH, que ofrece un incentivo de $33.337 por hijo, pagado anualmente. Este monto representa el 20% retenido mensualmente por ANSES, que se libera retroactivamente al verificar el cumplimiento de requisitos sanitarios, educativos y de vacunación de los menores. La fecha límite para su presentación es el 31 de marzo.

A quiénes les corresponde el pago de la AUH
Este beneficio social está destinado a diversos sectores de la población, incluyendo:
- Empleadas formales que trabajan bajo relación de dependencia.
- Beneficiarios que reciben pagos a través de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
- Trabajadoras inscriptas en el monotributo.
- Personal que realiza trabajos estacionales.
- Trabajadoras del sector rural.
- Personas que reciben la Prestación por Desempleo.
- Beneficiarios de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra.
- Titulares de Pensiones No Contributivas por Invalidez o asignaciones por trasplante.
- Personas que perciben jubilaciones y pensiones.













