La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) habilitó el miércoles pasado la plataforma virtual para consultar el monto a cobrar correspondiente al complemento de las Asignaciones Familiares por Hijo (SUAF).

El Complemento Mensual para el Salario Familiar impactará en trabajadores registrados con ingresos familiares de hasta $115.062, monotributistas (categorías A, B, C y D) y titulares de la Prestación por Desempleo que tengan hijos a cargo y que reciban la prestación social de SUAF.

ANSES confirmó que “se va a cobrar a partir del 25 de octubre” por medio de un “calendario complementario”. Este alcanzará a 2,1 millones de empleados y a 3,2 millones de niños y adolescentes, según detalló el organismo que lidera Fernanda Raverta.

SUAF de ANSES: cuál es el monto

•  $5.063 por cada hija o hijo para trabajadores con ingresos familiares hasta $78.454 y monotributistas A, B o C.

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•  $3.415 por cada hija o hijo para trabajadores con ingresos familiares entre $78.454,01 y $115.062 y monotributistas de la categoría D.

CÓMO SABER SI COBRO SALARIO SUAF DESDE MI ANSES

Las y los beneficiarios del pago del complemento para las Asignaciones Familiares (SUAF) ANSeS, pueden hacer la consulta del monto a cobrar desde MI ANSES.

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•  Ingresar a Mi ANSeS con CUIL y Clave de Seguridad Social;

•  Seleccionar la opción “Hijos/Hijas” y allí arrojará el monto a pagarse en los próximos días.

Cómo inscribirme al complemento doble

En este caso, no es necesario realizar ningún trámite dado a que ANSES pagará en la misma cuenta donde se perciben las Asignaciones Familiares (SUAF) cada mes. Esto se hará de forma automática.

Requisitos para recibir el Complemento Mensual

Del titular

•  Actualizar datos personales y del grupo familiar en Anses.

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•  Informar un lugar de cobro en Mi Anses, por Atención Virtual o en una oficina del organismo con turno previo.

De los hijos

•  Ser menor de 18 años, soltero y residir en el país.

De hijos con discapacidad

•  No hay límite de edad.

•  Ser soltero, viudo, divorciado, separado legalmente y residir en el país.

•  Tener la autorización para el cobro vigente emitida por Anses.

Fuente: Ámbito

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